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Ley Patente Cero
Agencia Uno
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Ley "Patente Cero" para motocicletas: Últimos días para regularización

​La legislación exige que estos vehículos estén inscritos en el Registro de Vehículos Motorizados del Registro Civil para obtener la placa patente única y el certificado de revisión técnica.

2 de febrero de 2024

A partir del 13 de febrero de 2023, la Ley 21.539, conocida como "Patente Cero", ha transformado las reglas para los conductores de motocicletas en Chile. Este cambio legislativo implica la obligatoriedad de homologar y obtener la documentación correspondiente para circular legalmente. Con la fecha límite del 13 de febrero de 2024, los propietarios tienen solo unos días más para evitar sanciones y el posible retiro de circulación de sus vehículos.

​Antes de la implementación de la "Patente Cero", los vehículos nuevos gozaban de un período de hasta cinco días para circular sin placas patentes instaladas. La normativa buscó eliminar esta excepción, imponiendo requisitos más estrictos para las motocicletas. La legislación exige ahora que estos vehículos estén inscritos en el Registro de Vehículos Motorizados del Registro Civil para obtener la placa patente única y el certificado de revisión técnica.

A partir del próximo miércoles, 14 de febrero de 2024, las autoridades, incluyendo el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT), Carabineros de Chile e inspectores municipales, intensificarán la fiscalización. El secretario ejecutivo del Programa Nacional de Fiscalización, Óscar Carrasco, destacó que uno de los principales objetivos es detectar motocicletas no regularizadas.

Carrasco también recordó que la ley otorgó un plazo de un año para realizar el trámite, y a partir del 14 de febrero, se autoriza a las instituciones fiscalizadoras a retirar motocicletas con revisión técnica vencida o sin homologación correspondiente. 

A través del Plan Calles Protegidas del MTT, inspectores de fiscalización, municipales y Carabineros llevarán a cabo operativos para sancionar y retirar los vehículos que no cumplan con la documentación requerida. 

Los propietarios de motocicletas que aún no han regularizado su situación deben dirigirse al Registro Civil antes del 13 de febrero para inscribir su vehículo motorizado y obtener la patente provisoria. Posteriormente, deben acudir a la respectiva Seremi de Transportes para asignar una Planta de Revisión Técnica y obtener el permiso de circulación en la municipalidad correspondiente, según lo estipulado por la Ley de Tránsito.   

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